Patrimonio de la Humanidad
De Wikanda
La Convención para la protección del patrimonio mundial cultural y natural de la UNESCO se aprobó en Noviembre de 1972. Allí se especificaron una serie de criterios para considerar como Patrimonio de la Humanidad, o también Patrimonio Mundial, a un monumento, un sitio o un conjunto monumental o natural.
- Debe ser una obra maestra del genio humano
- Debe manifestar un intercambio importante de valores humanos, en un determinado período o en un área específica, ya sea en la arquitectura, en las artes monumentales, en la planificación urbana o en el diseño paisajístico.
- Debe aportar un testimonio único, o excepcional, de una tradición cultural o de una civilización viva o ya desaparecida.
- Debe ser un ejemplo sobresaliente que ilustre una etapa significativa de la historia de la humanidad.
- Debe constituir un ejemplo sobresaliente de hábitat o establecimiento humano tradicional, representativo de una cultura.
- Debe estar directamente asociado con tradiciones vivas, ideas o creencias de importancia, o con obras artísticas o literarias de significado universal.
Según estos criterios, se han ido proponiendo y declarando 851 bienes, de los cuales 660 son bienes culturales, 166 bienes naturales y 25 bienes de carácter mixto.
En España hay declarados 36 lugares, de los cuales cinco están en Andalucía:
Contenido
En la provincia de Córdoba
- La Mezquita Catedral (1984), ampliado en 1994 para incluir todo el Centro Histórico.
En la provincia de Granada
- La Alhambra y el Generalife (1984), ampliado en 1994 para incluir el Albaicín.
En la provincia de Huelva
En la provincia de Jaén
En la provincia de Sevilla
- El conjunto monumental formado por la Catedral (con la Giralda), el Alcázar y el Archivo de Indias (1987).
Referencias
Página del Patrimonio Mundial de la UNESCO (en inglés)
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