"Ebook del I Concurso Wikanda"

Patrimonio de la Humanidad

De Wikanda
Saltar a: navegación, buscar

La Convención para la protección del patrimonio mundial cultural y natural de la UNESCO se aprobó en Noviembre de 1972. Allí se especificaron una serie de criterios para considerar como Patrimonio de la Humanidad, o también Patrimonio Mundial, a un monumento, un sitio o un conjunto monumental o natural.

  1. Debe ser una obra maestra del genio humano
  2. Debe manifestar un intercambio importante de valores humanos, en un determinado período o en un área específica, ya sea en la arquitectura, en las artes monumentales, en la planificación urbana o en el diseño paisajístico.
  3. Debe aportar un testimonio único, o excepcional, de una tradición cultural o de una civilización viva o ya desaparecida.
  4. Debe ser un ejemplo sobresaliente que ilustre una etapa significativa de la historia de la humanidad.
  5. Debe constituir un ejemplo sobresaliente de hábitat o establecimiento humano tradicional, representativo de una cultura.
  6. Debe estar directamente asociado con tradiciones vivas, ideas o creencias de importancia, o con obras artísticas o literarias de significado universal.

Según estos criterios, se han ido proponiendo y declarando 851 bienes, de los cuales 660 son bienes culturales, 166 bienes naturales y 25 bienes de carácter mixto.

En España hay declarados 36 lugares, de los cuales cinco están en Andalucía:


En la provincia de Córdoba

En la provincia de Granada

En la provincia de Huelva

En la provincia de Jaén

En la provincia de Sevilla


Referencias

Página del Patrimonio Mundial de la UNESCO (en inglés)

Principales editores del artículo

Valora este artículo

2.6/5 (8 votos)